Diagnóstico y tratamiento del ‘Banco malo’

El Gobierno español sacó a consulta pública el pasado día 17 de octubre el proyecto de Real Decreto que establece “el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos y de sus patrimonios separados”, un reglamento que contempla en su capítulo V la constitución, naturaleza y funcionamiento del ‘Banco malo’, que se denominará Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A. (SAREB) y que va ser aprobado por el Consejo de Ministros el próximo 16 de noviembre.

Periodista. Doctor en Economía
Rafael Camacho Ordóñez

La creación del ‘Banco malo’, negada con la firme convicción habitual por el ministro de Economía, Luis de Guindos, hace apenas seis meses, en la cumbre del FMI en Washington, es una decisión tan esperada por algunos como arriesgada y controvertida, que repercu-tirá, sin duda (pero no sabemos cómo), en las cuentas públicas, los bancos, el sector inmobiliario y de la construcción, y los ciudadanos (en su doble condición de consumidores y contribuyentes).

Trae causa de la tercera reforma financiera aprobada este año por el Gobierno español, a finales del pasado agosto (Real Decreto-Ley 24/2012, de restructuración y resolución de entidades de crédito), impelida por el acuerdo pactado por España y el Eurogrupo (en un Memorandum of Understanding) para el rescate bancario de nuestro país. No sabemos si a la tercera irá la vencida, después de que las dos primeras reformas (promulgadas por los Reales Decretos-Leyes 2/2012, de 3 febrero, y 18/2012, de 11 de mayo) no lograran ni el saneamiento de los balances ni transmitir a los mercados la imagen de transparencia del sector financiero respecto a los riesgos inmobiliarios, lo que les habría devuelto el crédito perdido en aquellos.

Empezaremos por el final: la clave de bóveda del ‘Banco malo’ estará, como sabe todo el mundo, en el precio de transferencia de los activos tóxicos (y menos tóxicos) desde los bancos ‘buenos’ (es un decir, porque son precisamente las entidades nacionalizadas) al ‘Banco malo’. El encaje de bolillos se acerca a la cuadratura del círculo: fuentes del Ministerio de Economía precisan que “el precio se fijará para que la sociedad gane dinero pero sin bajar tanto las valoraciones que se hunda el mercado inmobiliario”. O sea, el ‘Banco malo’ debe comprar a un precio atractivo para sus inversores privados (que tendrán la mayoría del capital social) y para que no acabe perdiendo dinero, que pagaríamos los contribuyentes; pero debe, a la vez, evitar un dumping que tiraría los precios, acabando así de rematar al medio quebrado sector inmobiliario. Por otra parte, esos precios de transferencia no pueden estar por debajo de lo razonable desde el interés de los propios bancos ‘buenos’ (es un decir) porque les arrojaría unas pérdidas en sus cuentas de resultados, que en algunos casos podrían ser mortales.

Se da por supuesto que estos precios deberán reflejar, como mínimo, las provisiones a que obligaba en los balances los RDL de febre-ro y mayo (resumidamente, 35% para vivienda, 65% para construc-ción y 80% para suelo), y un cierto descuento adicional, cuya cuantía pueda cumplir las restricciones del problema antes explicadas. Una referencia está en el ‘Banco malo’ irlandés (el NAMA) que aplicó un descuento medio al conjunto de los activos traspasados del 58%.

Como consecuencia de todo lo anterior, no se puede predecir ahora cómo incidirá nuestro ‘Banco malo’ en los precios de mercado, pero es seguro que, como prácticamente mayor inmobiliaria del país (aunque se haya limitado su tamaño a un máximo de 90.000 millones de euros), su peso en la composición de la oferta será, digamos, determinante.

Del capital social inicial dice el proyecto de Real Decreto que será determinado por el FROB “en función del volumen previsto de acti-vidad y operaciones de la SAREB y las necesidades financieras espe-radas”. Parece que rondará el 10% del tamaño que, finalmente, tenga el Banco, es decir, que dependerá del volumen de activos que reciba. El SAREB pagará a las entidades financieras, que soltarán el lastre con bonos emitidos por la propia sociedad anónima que tendrán la garantía del Tesoro español y que aquellas podrán descontar en el Banco Central Europeo para tener liquidez. Esta operación no computará, en principio, como deuda pública, ya que el Estado es sólo avalista y, además, no tendrá mayoría en el capital. Pero…. si el ‘Banco malo’ tuviera pérdidas y/o problemas de solvencia, a lo largo de sus 15 años de vida, entonces sí impactaría en la deuda pública y en el déficit público.

¿Quiénes pueden ser accionistas privados? Cualquiera de los que conocemos como intermediarios financieros (bancos, aseguradoras, fondos de inversión, pensiones, capital riesgo,…), que podrán gestionar el ‘Banco malo’ con un Consejo de Administración que sólo tendrá 1/3 de consejeros independientes, es decir, que puede haber “conflictos de interés” (barrer para casa), e incluso la tentación de poner en el mercado producto infravalorado para realizar beneficios (un poner, Bankia Habitat está en este momento subastando inmuebles con descuentos del 60%, un mes antes de que llegue el ‘Banco malo’).

Para concluir, las preguntas del millón son: ¿reactivará el mercado inmobiliario? ¿volverá a fluir el crédito bancario? ¿aportará algo al  crecimiento de la economía? ¿beneficiará a los consumidores? ¿será un coste más para los contribuyentes? Las respuestas que se nos ocurren no invitan al optimismo. Ai

 

Rafael Camacho Ordóñez

Periodista. Doctor en Economía

 

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